PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el Recurso de Hecho, interpuesto por la abogada ANGGIE RIVERO ESTUPIÑÁN, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos GUSTAVO DELGADO OSORIO y ANA PASTORA PARADA DE DELGADO, en contra del auto de fecha 12 de enero de 2006, que oyó la apelación interpuesta por la mencionada abogada en un solo efecto, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se ordena al Tribunal de la causa, oír la apelación interpuesta por la recurrente en fecha 13 de junio del 2005 y ratificada el 12 de enero del presente año en ambos efectos.
TERCERO: Queda REVOCADO el auto de fecha 12 de enero de 2006 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
CUARTO: Remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la.....