Este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la recusación propuesta por el Abogado PEDRO ALVIAREZ MORA, contra el ciudadano Juez Temporal del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, abogado FÉLIX ANTONIO MATOS.
SEGUNDO: Remítase oficios informando de la presente decisión a los Tribunales Primero, Segundo, Tercero y Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira; y en su debida oportunidad, envíese el presente expediente al Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia fiel y exacta en el copiador de senten.....