PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación que ejerciera el abogado ANTONIO BERMÚDEZ BERMÚDEZ en fecha 17 de marzo de 2011, contra el auto dictado en fecha 15 de marzo de 2011 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto dictado en fecha 15 de marzo de 2011 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, que negó la reposición de la causa al estado de admitir nuevamente las pruebas.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los cinco (5) días del mes de agosto del año dos mil once. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.