PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de abril de 2005 por la abogada DOLLY CAROLINA DUQUE CONTRERAS, coapoderada judicial de la parte actora ciudadano HERNANDO BONELL MARTÍNEZ, en contra de la decisión de fecha 15 de abril de 2005 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión apelada del 15 de abril de 2005 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial y se REPONE la causa al estado en que se hallaba para el día 15 de abril de 2005, quedando anulado todo lo actuado a partir de dicha fecha, salvo el escrito de promoción de pruebas de la parte demandada, debiendo el a quo pronunciarse sobre su admisibilidad.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese la anterior sentencia y regístrese conforme a lo establecido en los artículos 247 y.....