El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veinticuatro (24) de marzo de 2009 por el abogado Pablo Ruiz, con el carácter de co-apoderado de la parte demandada, contra el auto de fecha diecisiete (17) de marzo de 2009 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha diecisiete (17) de marzo de 2009 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas procesales, de conformidad con el artículo 283 de Código de Procedimiento Civil.
Quedó CONFIRMADO el auto apelado