El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN formulada por el apoderado de la parte querellada, abogado Rafael Ignacio Nuñez, en fecha 16 de octubre de 2018 contra la decisión dictada en fecha 11 de octubre de 2018 por el Juzgado de Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 11 de octubre de 2018 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte demandada, ciudadana Rosa Amelia Bonilla, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Quedó así CONFIRMADA la decisión apelada.