El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: INADMSIBILE la apelación interpuesta por los abogados Carmen Aurora Escalante y José Enrique Pernía Sánchez, inscritos ante el IPSA bajo los N°s 290.158 y 81.981, respectivamente, en fecha diecinueve (19) de septiembre de 2018, contra el auto para mejor proveer proferido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha 09 de agosto de 2018.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha veinticuatro (24) de septiembre de 2018 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que oyó en un solo efecto la apelación interpuesta por los abogados de la representación de la parte actora.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas pro.....