EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veintiséis (26) de octubre de 2009, por la abogada Luz Adriana Vivas Vélez, con el carácter de defensora ad-litem de la parte demandada, contra la decisión de fecha veintitrés (23) de octubre de 2009 proferida por el Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad del Estado Táchira.SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo de fecha veintitrés (23) de octubre de 2009 proferida por el Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad del Estado Táchira.
TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.Queda CONFIRMADA la decisión apelada.