EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SE REVOCA el auto dictado en fecha diez (10) de febrero de 2010 por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que oyó en ambos efectos la apelación interpuesta dos (02) de febrero de 2010 por la ciudadana María Cristina Castañeda Zambrano, con el carácter de parte co-demandada, asistida de abogado, contra la decisión de fecha nueve (09) de noviembre de 2009 dictada por el a quo, por no cumplirse lo establecido en el artículo 891 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 2 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA en cost.....