El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación propuesta en fecha veintiuno (21) de octubre de 2009, por la abogada Iris Humilde Ramírez, con el carácter de apoderada de la parte demandante contra la decisión de fecha quince (15) de octubre de 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha quince (15) de octubre de 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte recurrente de conformidad con el artículo 281 del Código Procesal Civil. Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.