El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCÓ el numeral tercero y corrige el error material en que incurrió en el fallo del 09 de julio de 2021, en los términos siguientes:
En la parte dispositiva de la sentencia donde se lee "TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandante", debe leerse:
"TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas del presente recurso dada la naturaleza del fallo."
Los restantes numerales del dispositivo conservan su fuerza y validez.
Téngase la presente corrección como parte integrante de la sentencia de este Tribunal en el expediente Nº 21-4732, del 09 de Julio de 2021.