El Juzgado SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley CONFIRMÓ el fallo consultado dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 12 de agosto de 2005, que decretó la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano SIMÓN TADEO CLARET RODRIGUEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad No. V- 10.153.790, solicitada por su legítima hermana Emilia Coromoto Rodríguez de Hernández, titular de la cédula de identidad No. V- 4.209.195, a quien se nombró como su tutor interino y NEGÓ LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana EDUVIGUES DANELIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad No. V- 5.648.823, lo cual no impide que se pueda abrir un nuevo procedimiento tal y como lo ordena el artículo 737 del Código de Procedimiento Civil.