El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARÓ: UNICO: NO HA LUGAR A PRONUNCIAMIENTO, vista la no consignación de la copia certificada de la tablilla a los fines de decidir el recurso de hecho interpuesto. Remítase con oficio copia certificada de la presente decisión al Tribunal de la causa en la oportunidad legal.