EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada en fechas 24 y 27 de octubre de 2008, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 23 de octubre de 2008. SEGUNDO: SE CONFIRMA CON DIFERENTE MOTIVACION el auto dictado en fecha 23 de octubre de 2008 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
TECERO: Se condena en costas procesales a la parte apelante y demandada de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Queda así CONFIRMADO con diferente motivación el auto apelado.