El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el veinticuatro (24) de noviembre de 2022, por el apoderado de la demandada, sociedad mercantil MAPFRE La Seguridad C.A. de Seguros, contra la decisión de fecha once (11) de agosto de 2022, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha once (11) de agosto de 2022, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte demandada recurrente, conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Quedó así CONFIRMADA la decisión apelada.