EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de República y por autoridad de la Ley, declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada SAMIA HARB AYOUBI, actuando en su propio nombre y representación, contra decisión dictada en fecha 09 de julio de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, al conocer la apelación ejercida contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, en el juicio intentado por José Leonardo Rojas Chaparro y María Amanda Teresa Rojas de Escalante contra la abogada Samia Harb Ayoubi, por desalojo. No hay lugar a costas por haber accionado contra actuaciones judiciales. Si transcurrido tres días a partir .....