El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación propuesta por la parte demandada en fecha siete (07) de junio de 2019 contra el fallo emitido el día nueve (09) de abril de 2019 que declaró con lugar la demanda de desalojo de inmueble interpuesta por la ciudadana Magali Rico Yánez contra los ciudadanos Edgar Orlando Contreras y Zenaida Isabel Guerrero de Contreras.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial el día nueve (09) de abril de 2019
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandada y recurrente de conformidad con los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil.
Quedó así CONFIRMADA la decisión apelada.