El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la regulación de competencia solicitada por el abogado Juan Pablo Díaz Osorio, actuando con el carácter co apoderado judicial del demandado Gerardo Filippi Solórzano, en fecha 13 de septiembre de 2021.
SEGUNDO: COMPETENTE para seguir conociendo del presente asunto al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
TERCERO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta con fundamento en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la solicitud de acumulación por conexidad.
CUARTO: SE CONFIRMA la decisión dictada el siete (07) de septiembre de 2021 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción J.....