Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fecha 26 de marzo de 2008 por el abogado Audi Arquímedes León Zambrano contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 13 de Marzo de 2008.
SEGUNDO: SE REVOCA EL AUTO DEL A QUO dictado en fecha 13 de marzo de 2008.
TERCERO: No hay condena en costas del recurso.
Queda así REVOCADO el auto apelado.