En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, mediante diligencia de fecha 25 de noviembre de 2015.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por acción reivindicatoria incoada por el ciudadano Ángel Alirio Ramírez Méndez, contra el ciudadano Dixon Henry Ramírez Méndez.
TERCERO: Queda CONFIRMADA con distinta motivación la decisión de fecha 23 de noviembre de 2015 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, objeto de apelación.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil, condena en costas a la parte actora apelante.
Publíquese, regístres.....