Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, confirma la decisión de fecha 14 de diciembre de 2010 proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano ANTONIO OCTAVIO ANDRADE MÉNDEZ, y designó como su tutora a la ciudadana Teresa de Jesús Andrade Camacho.
De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, se ordena insertar la decisión consultada y confirmada en los correspondientes libros de Registro Civil de Nacimientos.