En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte querellante mediante diligencia de fecha 17 de julio 2007.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la querella interdictal de despojo interpuesta por la ciudadana Haidee Ramírez de Barrueta, contra la ciudadana Ruth Haydee Barrueta Ramírez. En consecuencia, se ordena a la querellada restituir inmediatamente a la querellante la posesión del bien inmueble consistente en el apartamento N° 3-7, ubicado en el piso 3, Torre B del Edificio Residencias Don Miguel, situado en el Pasaje Cumaná, N° 11-47, San Cristóbal, Estado Táchira.
TERCERO: REVOCA la decisión de fecha 06 de julio de 200.....