En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado José Gregorio Hernández Olarte, actuando con el carácter de apoderado judicial del demandante Álvaro Enrique Varela Morales, mediante escrito de fecha 06 de abril de 2015, contra la decisión de fecha 25 de marzo de 2015 proferida por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.