PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 22 de junio de 2010.
SEGUNDO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Roberth Alexis Parada Maldonado y Celia Zambrano Sandoval contra los ciudadanos Alix Marina Carli Gómez de Cuberos, Randold Alberto Cuberos Carli, Romel Ali Cuberos Carli, Rhonal Alexis Cuberos Carli y Luís Alberto Cuberos Duarte, por resolución del contrato de opción de compraventa celebrado según documento autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal en fecha 8 de febrero de 2008, bajo el N° 05, Tomo 26, folios10 y 11, y prorrogado por documento autenticado por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Autónomo Valera del Estado Trujillo, en fecha 7 de marzo de 2008, bajo el N° 56, Tomo 49. En consecuencia, declara resuelto el referido contrato; y condena a los demandados a reintegrar a los demandantes la cantidad de sesenta .....