PRIMERO: Declara parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 07 de junio de 2006.
SEGUNDO: Declara la nulidad de la sentencia de fecha 26 de mayo de 2006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y, en consecuencia, repone la causa al estado de que el tribunal de primera instancia que resulte competente previa distribución, vuelva a decidir tanto el juicio principal como la incidencia de oposición a las medidas cautelares dictadas en el juicio, observando el debido proceso a que se ha hecho referencia en el presente fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.