En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 3 de julio de 2014.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por las ciudadanas Domitila Pérez de Nova y Yolanda Pérez contra el ciudadano Ángel Olivo Pérez, por nulidad relativa del contrato de venta contenido en el documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Capacho Independencia del Estado Táchira, de fecha 21 de diciembre de 1993, bajo el N° 30, Tomo VII, Protocolo I, correspondiente al Cuarto Trimestre de ese año, así como del documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipio.....