En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Benito Molina Medina, asistido por el abogado Eugenio Enrique Granados Muñoz, mediante diligencia de fecha 7 de junio de 2016.
SEGUNDO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por el ciudadano Benito Molina Medina, asistido por el abogado Eugenio Enrique Granados Muñoz, contra la decisión proferida en fecha 3 de diciembre de 2014 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: Queda CONFIRMADA con distinta motivación la decisión de fecha 31 de mayo de 2016 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instanc.....