Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante abogada Gladys Elena Bautista León, mediante escrito de fecha 19 de enero de 2004.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 11 de enero de 2005, que limitó la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en el auto de admisión de fecha 11 de febrero de 2004, sobre las parcelas signadas con los números 42, 43, 44, 45, 46, 47, y 48 del lote B correspondiente al terreno ubicado en el Caserío la Victoria del Municipio Guásimos del Estado Táchira, propiedad de.....