En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por los abogados Edwin Rojas Fuentes y Jorge Isaac Jaimes Larrota, titulares de las cédulas de identidad números V- 15.503.016 y V- 15.989.915 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 122..744 y 122.806, respectivamente, contra la sentencia de fecha 15 de julio de 2016, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando como Tribunal de Retasa, en el expediente 20.761 de su nomenclatura interna.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo es.....