PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, ciudadano Efrén de Jesús Labrador Muñoz, mediante diligencia de fecha 10 de noviembre de 2005.
SEGUNDO: ADMITE, salvo su apreciación en la definitiva, la prueba testimonial promovida por el demandado en el particular tercero del escrito de promoción presentado el 04 de noviembre de 2005.
TERCERO: DECLARA INADMISIBLES las pruebas de exhibición y de experticia promovidas por el demandado en los particulares quinto y sexto respectivamente del escrito de promoción presentado el 04 de noviembre de 2005.
CUARTO: Queda modificado el auto de fecha 08 de noviembre de 2005 dictado por el Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, respecto a lo antes señalado.