PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el Abogado Pablo Enrique Ruiz Márquez, co ¿ apoderado judicial de la ciudadana Lucinda Nieto.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de amparo constitucional interpuesto por los abogados José Ramón Contreras Sánchez y Yeimi de los Ángeles Ramírez Andrade, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Raúl Ignacio Flores Rojas, con fundamento en las violaciones constitucionales denunciadas.
TERCERO: Sin lugar la CADUCIDAD, interpuesta por el Abogado Pablo Ruiz, en representación de la ciudadana LUCINDA NIETO, en su condición de tercero legitimado para actuar en el presente Recurso de Amparo.
CUARTO: Sin lugar la INMUTABILIDAD DE LA COSA JUZGADA, interpuesta por el Abogado Pablo Ruiz, en representación de la ciudadana LUCINDA NIETO, en su condición de tercero legitimado para actuar en el presente Recurso de Amparo.
QUINTO: LA NULIDAD de la decisión dictada en fecha 29 de Julio de 2010, por el Juzgado del Municipio Bo.....