PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano EDGAR JOSE RAMIREZ MOLINA, contra la decisión esgrimida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el día 01 de julio de 2011.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN requerida por la ciudadana NELLY MARIA COLMENARES ROSALES, en beneficio del ciudadano XXXX, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 5.124.055 y V- 16.258.516, en su orden, residenciados en la Calle 1 N° 4-34, frente al Comando de la Guardia, Michelena, Estado Táchira, declarada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en sentencia de fecha 01 de julio de 2011.
TERCERO: SE FIJA como aumento de la obligación de manutención, la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,oo), mensuales, la cual deberá ser desco.....