PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia realizada en escrito de fecha 01 de diciembre de 2009, por la abogada Betsy Yorley Guerrero Carreño, apoderada judicial de los ciudadanos Alix Esperanza Urbina González, Euler Fidel Urbina González, y de los adolescentes Eddy Nathaly Urbina Buitrago y Miguel Enrique Urbina Buitrago, contra la decisión dictada en fecha 24 de noviembre de 2009, por la sala de juicio N° 05 del tribunal de protección del niño, niña y del adolescente de la circunscripción judicial del Estado Táchira, que declina la competencia, en razón del territorio.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo de fecha 24 de noviembre de 2009, dictado por la sala de juicio N° 05 del juzgado de protección del niño, niña y del adolescente de la circunscripción judicial del Estado Táchira.
TERCERO: INCOMPETENTE a la sala de juicio N° 05 del juzgado de protección del niño, niña y del adolescente de la circunscripción judicial del Estado Táchira, para conocer y decidir.....