Primero: Con lugar, la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la demandante ciudadana Gladys Maythe Contreras Sierra, titular de la cédula de identidad número 4.628.203, abogada Ivette Mylene Sánchez Navarro, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 52.902, contra la decisión de fecha 14 de junio de 2010, dictada por el Juzgado tercero de primera instancia en lo civil, mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Segundo: se REPONE la causa al estado en que se encontraba para la fecha de ser dictada la decisión recurrida, es decir, a la fecha del 14 de junio de 2010. En consecuencia, se declaran nulas todas las actuaciones que se hayan realizado a partir del 14 de junio de 2010.
Tercero: Revoca la sentencia dictada por el Juzgado tercero de primera instancia en lo civil, mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 14 de junio de 2010, que declaró la reposición la causa al estado de admitir la refor.....