Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: SE INADMITE EL LLAMAMIENTO DE TERCEROS formulado por los ciudadanos MARÍA AUXILIADORA OROZCO DE PERNÍA y OMAR DE JESÚS PERNÍA MERCADO, en el escrito de contestación al llamamiento que se les hizo para integrar el litisconsorcio necesario.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 23 de febrero de 2018 dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, por el cual acordó citar como terceros a los ciudadanos ROGELIO MANUEL SÁNCHEZ MORENO y JESÚS ALBERTO URBINA CONTRERAS.
TERCERO: DECLARA CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta mediante diligencia de fecha 2 de marzo de 2018 por el abogado JOSÉ GUZMÁN SAAVEDRA QUIROZ.
Publíquese, regístrese y déjese copia fotostátic.....