Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: SE INADMITE la demanda interpuesta por los ciudadanos VÍCTOR SEGUNDO AZUAJE VILLEGAS Y CARMEN CECILIA SAYAGO DE AZUAJE, contra la ciudadana CARMEN ZOVEIDA ÁLVAREZ MENDOZA, por resolución de contrato de compraventa de inmueble destinado a vivienda, desocupación y entrega del mismo y pago de daños y perjuicios.
SEGUNDO: SE DECLARA NULO todo lo actuado en la presente causa, inclusive el auto de admisión de la demanda de fecha 21 de enero de 2015.
TERCERO: NO HAY CONDENA EN COSTAS dada las características del fallo.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada conforme lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y en su oportunidad legal, bájese el expediente.