En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA DEMANDA DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana MIRIAM NATALIA DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD RODRÍGUEZ SERRANO, asistida por el abogado JOSÉ EDUARDO JAIMES PÉREZ, contra el auto dictado en fecha 19 de septiembre de 2019, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en el expediente N° 22.609, en la cual se precisó que la medida asegurativa que se dicta en el procedimiento interdictal no es una medida preventiva, por tanto, no le son aplicables por vía analógica las disposiciones relacionadas con la medida cautelar, por ejemplo, la oposición y la constitución de caución de las est.....