PRIMERO: Declara sin lugar la solicitud de Regulación de la Competencia hecha por la representación de la demandada Sociedad Mercantil INDUSTRIAS ALIMENTICIAS HERMO DE VENEZUELA. .
SEGUNDO: Declara competente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira para continuar conociendo del Juicio de la demanda por cobro de Bolívares e indemnización de daños y perjuicios seguido por Nelson Jesús Sánchez Charmelo en su carácter de Director de la Sociedad Mercantil SUMMA ALIMENTOS C.A, contra la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS ALIMENTICIAS HERMO DE VENEZUELA S.A. .