Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de municipio ordinario y ejecutor de medidas de los municipios Junín y Rafael urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta Defunción Nº 377, de fecha 28 de Marzo de 1983, que corren inserta por ante la extinta Prefectura del Municipio LA Concordia del Estado Táchira hoy en día Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente a la Cujus ciudadana GREGORIA VCAMARGO MORENO, , en el sentido de que donde aparezca en el acta así: "...dejo cinco hijos nombrados: ELOINA, GARDENIA, RAMIRO, GERARDO Y EL EXPONENTE...", debe decir "... dejo tres hijos RAMIRO, GERARDO Y DAVID..".
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado de los Municipios J.....