EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDIÓ FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada por el Circuito de la Corte Judicial en XX en Y para el condado de COLLIER, FLORIDA, Estados Unidos de Norteamérica en fecha 24 de febrero de 2011 (caso 10-2029-DR), debidamente apostillada y certificada por el Secretario del Estado en la ciudad de Florida, el día siete (07) de agosto de 2020, cuyo número de apostilla es 2020-73896, con traducción certificada por el Notario Público del Estado de Florida en fecha doce (12) de Junio de 2020, que autorizó el divorcio del matrimonio civil que había sido contraído por los ciudadanos ADRIANA DIAZ DE RUGELES, titular de la cédula de identidad N° V- 12.235.765 y JESUS MANUEL RUGELES CHACON, titular de la cédula de identidad N°.....