PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma, interpuesta por la ciudadana MARINA COROMOTO RAMIREZ DE SIAVATO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V.- 6.689.244, con domicilio En El Pasaje M.O.P, casa Nro. 12-38, Parroquia la Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y jurídicamente hábil, contra los ciudadanos; BAUDILIA MARINA MOLINA DE RAMIREZ, ANGEL DE JESUS RAMIREZ MOLINA y LUIS HUMBERTO RAMIREZ MOLINA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nros. V.- 5.731.666, V.- 11.915.290 y V.-6.689.235, en su orden, con domicilio En El Pasaje M.O.P, casa Nro. 12-38, Parroquia la Concordia, Munic.....