Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana JANICE WILLIAMS DE VILLAMIZAR, de nacionalidad Norteamericana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de residente N° E.-353.697.
SEGUNDO: Se nombra como TUTORA PROVISIONAL de la declarada entredicha a su hija, ciudadana MARY ELIZABETH VILLAMIZAR WILLIAMS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-5.029.792, de este domicilio y civilmente hábil, a quien se acuerda notificar para que concurra por ante este Tribunal a las diez de la mañana del tercer día de despacho siguiente después de que conste en autos su notificación, a los fines de su aceptación y juramento.
De conformidad con los artículos 414 y 415 del Código Civil, se.....