Con base en las razones de hecho y de derecho establecidas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
UNICO: ORDENA LA LIBERTAD PLENA para RICHARD ANTONIO ARCINIEGAS PEREZ, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° V-20.122.547, nacido en fecha 02-07-1985, de 27 años de edad, soltero, profesión u oficio Comerciante, residenciado en Las Minas, Borotá, en el caserío donde está la fábrica cerrada, el Muelle, casa sin número, Municipio Lobatera, Estado Táchira, conforme a lo establecido en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Remítase las actuaciones al archivo central, líbrese la boleta de libertad correspondiente.