este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 2 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 n concordancia con el artículo 318 ordinal 3, todos del Código Procesal Penal, a los acusados Sixto Ramón Zambrano, venezolano, mayor de edad, natural de Lobatera, Municipio Lobatera del Estado Táchira, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 3.622.781, de 58 años de edad, casado, nacido en fecha 06 de Abril de 1950, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la calle 1 vereda 3 Nro. 1-32, madre Juana, San Cristóbal estado Táchira, Nilseda Escalante de Zambrano, venezolana, mayor de edad, natural de San Cristóba.....