PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda interpuesta por la ciudadana: RAMONA DEL CARMEN SÁNCHEZ DE LABRADOR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.628.608, de este domicilio y hábil, representada por su APODERADA JUDICIAL Abogado RENE SORLAY GONZALEZ ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- V.- 5.679.938, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 31.078, de este domicilio y hábil, contra la ciudadana: GRAFIRA DEL SOCORRO BARON PULIDO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.346.115, domiciliada en la calle 7 Bis, casa N° 9-82, La Grita Municipio Jáuregui del Estado Táchira y civilmente hábil.------
SEGUNDO: En virtud de la declaratoria con lugar se declara resuelta judicialmente la Relación Arrendaticia. En consecuencia se ordena a la demandada ciudadana: GRAFIRA DEL SOCORRO BARON PULIDO, ya identificada, hacer entrega a la demandante ciudadana RAMONA DEL CARMEN SÁNCHEZ DE LABRADOR, del inmuebl.....