Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN IMPUESTA al ciudadano JOSÉ MERCEDES MORA MÉNDEZ , venezolano, mayor de edad, natural de Palmira Estado Mérida, de 28 años de edad, soltero, chofer, hijo de José Mercedes Mora Contreras Y Maria de la Paz de Mora , residenciado en el Nula Estado Apure, nacido el 04-03-1956, titular de la cédula de identidad Nº V-9.021.586, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS contemplado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y en consecuencia fija el cumplimiento de la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad por un lapso .....