Atendiendo las consideraciones anteriormente esbozadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
ÚNICO: Declara CON LUGAR, la revisión de medida de coerción personal, que pesa sobre el ciudadano LUIS ANTONIO VILLAMIZAR, de nacionalidad Colombiano, mayor de edad, natural de Cúcuta República de Colombia, nacido en fecha 14 de Marzo de 1.965, de 44 años de edad, soltero, titular de la cedula de Ciudadanía C.C. 13.488.286, hijo de Carmen Villamizar (f) manifiesta desconocer el nombre de su padre, de profesión u oficio obrero, residenciado en la carrera 0 casa N° 8-37; Ureña Estado Táchira, teléfono 0276-7870770, en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una.....