Se declara terminado el presente juicio, con la advertencia que una vez que se declare firme la presente decisión, se remitirá el presente expediente al Tribunal a quo a los fines de que proceda a su archivo.
QUINTO: Se acuerda expedir por Secretaría copias certificadas del escrito contentivo de la transacción celebrada por las partes, que riela del folio 129 al 131, y del presente auto, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil vigente, e insértese al pié de la certificación el presente auto.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se ofició tanto a la Comandancia del Tránsito Terrestre del Estado Mérida, Unidad N° 62, bajo el oficio N° 4.204-2.006, como al Registrador Inmobiliario del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, bajo el oficio N° 4.205-2.006. Conste,
LA SECRETARIA,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-.