Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, No. 119 de fecha 28 de julio de 1950, inserta por la Prefectura Civil de la Parroquia Cárdenas, Municipio Uribante del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano: JESUS MANUEL ROBLES HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.447.829, queda rectificada en el sentido de que el nombre del padre del solicitante es: "SANTIAGO LAUREANO DE JESUS ROBLES MALDONADO", y no como erróneamente allí figura. Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de nacimientos llevados por la Prefectura Civil de la Parroquia Cárdenas, Municipio Uribante del Estado Táchira y Registro Principal del Estado Táchira, y ofíciese lo conducente a fin de que se estampe l.....