III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el abogado WALTER A. CELIS, en su condición de Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante Acta de Inhibición de fecha 12 de marzo de 2007, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentara los ciudadanos MARÍA BLANCO, URIEL ECHEVERRI, ADELMO RAMÍREZ, NELVIS HIDALGO Y OTROS contra CONSORCIO INTEGRAL ANDINO 92 C.A.
Por cuanto, contra la presente decisión no se admite recurso alguno conforme a lo pautado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir el presente asunto con oficio al Tribunal de Primera Instancia Juicio de esta Circunscripci.....